Ley Isaac: licencia remunerada para padres o quien tenga la custodia y cuidado de menores de edad en condición terminal
La Ley 2174 de 2021, establece los parámetros para la protección y cuidado de la niñez, en especifico para aquellos menores de edad que se encuentren en condición de vulnerabilidad especial. Esta ley incluye dentro de las obligaciones del empleador, el reconocimiento de una licencia remunerada de diez (10) días hábiles anualmente, para que el trabajador cuide de los menores de edad. Esto aplica a uno de los padres o para aquella persona que detenten la custodio y cuidado personal del menor.
Sin embargo, se debe hacer claridad en que la licencia solo aplicará para el cuidado de un menor que padezca una enfermedad o condición de carácter terminal, o en su defecto para la atención de menores con un cuadro clínico severo derivado de un accidente que requiera cuidados paliativos para el control de síntomas; ello con el fin de que el menor de edad pueda gozar y contar con el cuidado de uno de sus padres o persona que tenga su custodia en las situaciones ya referidas.
Por otro lado, los padres podrán solicitar esta licencia a sus empleadores de manera continua o discontinua, siendo aplicada con el verdadero sentido de la licencia que es el cuidado de la niñez. Esta estaría a cargo de la EPS, pero con el respectivo recobro por parte del empleador a la entidad. El reconocimiento a uno de los padres no excluye la posibilidad de que se otorgue al otro, siempre y cuando no sean concomitantes.
Además de lo anterior, esta ley también otorga la posibilidad de que el trabajador establezca con el empleador la opción de ejecutar labores bajo la modalidad de teletrabajo o trabajo en casa, siempre y cuando se llegue a un acuerdo y sus funciones laborales se lo permitan.
Se debe recalcar entonces, que esta licencia solo será posible si el trabajador presenta la certificación o incapacidad laboral otorgada por el medico tratante que tenga a su cargo la atención del menor de edad, y adicionalmente el Ministerio de Salud y el Ministerio de Trabajo tienen desde el inicio del año 2022, seis meses para estipular los parámetros de esta licencia en los Reglamentos de Trabajo de las empresas.