Reporte reclamaciones datos personales

De acuerdo con la Circular Única de la Superintendencia de Industria y Comercio, así como el Decreto 090 de 2018, las sociedades comerciales y entidades sin ánimo de lucro que en el giro ordinario de sus negocios realicen tratamiento de datos personales, y que de acuerdo con su nivel de activos totales se encuentren obligados a inscribir sus bases de datos en el Registro Nacional de Bases de Datos (“RNBD”), tienen la obligación semestral de actualizar la información relativa a los reclamos presentados por los titulares de los datos. Esta obligación debe cumplirse dentro de los primeros quince (15) días hábiles del mes de febrero y de agosto de cada año.

Por ende, si han recibido reclamaciones o quejas de parte de los titulares de los datos personales que tratan, entre los meses de julio-diciembre de 2024, y sus bases de encuentran registradas ante la Superintendencia de Industria y Comercio, deben reportar tales reclamos en el RNBD hasta el próximo 21 de febrero de 2025 (fecha límite para hacerlo).

En todo caso, y aún si no hubieran recibido reclamaciones durante el semestre, la actualización debe presentarse, indicando en el RNBD que no hubo reclamaciones.

Desde GAMBOA, GARCÍA, ROLDÁN & CO. podemos apoyarlos con la presentación de este reporte, por lo que nuestro equipo estará atento a cualquier inquietud y a saber si han recibido reclamaciones de esta naturaleza.