Cambios Introducidos por la circular DCIP-83 del Banco de la República

El pasado primero de septiembre entró en vigencia la Circular Reglamentaria Externa DCIP-83 expedida por el Banco de la República, mediante la cual se reemplaza la Circular Reglamentaria Externa DCIN-83. De manera particular, se tienen las siguientes modificaciones introducidas por la nueva circular:


  1. Se crea el Nuevo Sistema de Información Cambiaria, a través del cual se debe suministrar la información cambiaria de las operaciones de cambio. Los procedimientos relacionados con el registro, sustitución y cancelación de inversiones internacionales sin movimiento de divisas se realizarán únicamente a través del Nuevo Sistema de Información Cambiaria, salvo los que deban tramitarse como una solicitud especial.
  2. Las inversiones con canalización de divisas se deberán continuar registrando a través de la información suministrada a los Intermediarios del Mercado Cambiario.
  3. Se pretende que este sistema se aplique a todas las operaciones de cambio, pero su implementación se realizará de manera progresiva y por el momento sólo dichas operaciones se deben realizar a través del Nuevo Sistema.
  4. Se ajustan los procedimientos y reglas para cambios o ajustes en las declaraciones de cambio presentadas. Los procedimientos y reglas que se deben seguir dependen de la modificación que se pretenda hacer, que debe estar permitida de conformidad con lo establecido en la Circular.
  5. Se crea un régimen de transición para aquellos casos en los que al 1 de septiembre existe un trámite radicado y sin resolver y aquellos casos en los que después del 1 de septiembre el Banco de la República recibe respuesta a un requerimiento de información adicional solicitado antes de la mencionada fecha.
  6. Se crea un anexo donde se detalla la fecha en que se entiende realizada la operación que da lugar a los registros, sustituciones y cancelaciones, conforme a la cual se debe diligenciar la correspondiente declaración.
  7. Se incluyen ajustes en los demás capítulos y anexos de la Circular para que concuerden con los nuevos procedimientos.

Estamos a su disposición para resolver cualquier inquietud que pueda surgir en relación con la nueva Circular Reglamentaria Externa DCIP-83 o cualquier trámite de operaciones de cambio en que puedan requerir nuestro apoyo.