NUEVO DECRETO MODIFICA REQUISITOS Y CONDICIONES PARA ACCEDER AL PROGRAMA DE SUBSIDIO DE SALARIOS

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El Gobierno Nacional ha expedido el Decreto 677 de 2020, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica, con el fin de modificar requisitos y condiciones para acceder al Programa de Apoyo al Empleo Formal (PAEF).

Las modificaciones y condiciones más relevantes hechas al PAEF son las siguientes:

  1. Se amplía la posibilidad de acceso al PAEF para personas naturales (siempre y cuando se encuentren inscritas en el registro mercantil antes del 1 de enero de 2020), consorcios y uniones temporales, siempre y cuando cumplan con los requisitos específicos para cada caso.
  1. El número de empleados para efectos del PAEF corresponderá a los reportados por el empleador en la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA) en el mes inmediatamente anterior al de la postulación, sin que se supere el número de trabajadores reportados en la PILA del mes de febrero de 2020.
  1. Los trabajadores objeto de la solicitud deben corresponder al menos en un 80% a los que se reportaron en la PILA del período correspondiente a febrero de 2020.
  1. Se requiere una certificación en la conste que los trabajadores sobre los cuales se solicita el PAEF hayan recibido en el mes inmediatamente anterior su salario o que se pagará dentro de los 5 días hábiles siguientes a la recepción de los recursos recibidos.
  1. Se suprime la posibilidad de recibir el beneficio en agosto de 2020 que se contemplaba en el artículo 5 del Decreto 639 de 2020 sobre empleadores que habían accedido a créditos de manera previa.
  1. Se aumenta el período de fiscalización de la UGPP respecto del cumplimiento de los requisitos exigidos para postularse al PAEF a tres (3) años.