Derecho penal de empresa: Corrupción privada y administración desleal.

Por: Jaime Andrés López Pinzón – Socio Área Penal de Gamboa, García y Cardona Abogados.

Las leyes colombianas siguen avanzando a los desafíos de la corrupción. En lo últimos años, se adicionaron al código penal ciertos delitos que castigan la corrupción no solo en el ámbito público sino también en el ámbito privado. Esto se ve reflejado, por ejemplo, en los delitos de corrupción privada y administración desleal.

Ambos delitos, cada uno con sus ingredientes normativos particulares, buscan castigar ciertas conductas especificas que terminan afectando el bien jurídico del patrimonio económico de las empresas y sus socios. En términos generales la administración desleal castiga a los administradores, directores o empleados de las empresas que, dependiendo de cada caso, hayan extralimitado sus funciones y de manera fraudulenta les causen un perjuicio económico a sus socios.

Por su lado, la corrupción privada, castiga a cualquier persona, sujeto activo indeterminado, que ofrezca algún beneficio a un empleado o directivo de la empresa a cambio de un beneficio para si o un tercero en detrimento de la sociedad.

En Colombia ya existió por lo menos una condena por este delito en donde un empleado de una reconocida cadena de tiendas de mercado aceptó los cargos de corrupción privada por solicitar coimas a los contratistas que presentaban sus ofertas para la construcción de las tiendas.

En Gambo García y Cardona el área penal y el área corporativa se coordinan para brindar una asesoría integral en la protección de los intereses de nuestros clientes y de sus empresas.