¿Está invirtiendo en innovación? Tenga en cuenta estos requisitos y consejos

Muchas empresas invierten en procesos de innovación, los cuales ameritan una protección legal, para garantizar el retorno de la inversión realizada, así como un reconocimiento al aporte tecnológico de la innovación. Una de las formas de protección previstas en la ley es la patente de invención, que confiere derechos exclusivos a los inventores de innovaciones que cumplan con los requisitos legales para el efecto, y que lleven a cabo el procedimiento previsto en la legislación.

Una patente es un derecho, conferido por la ley, previo proceso de solicitud de patente, para que el inventor de una innovación pueda explotarla de manera exclusiva, así como iniciar acciones legales para impedir que terceros exploten su innovación en el mercado, y obtener una indemnización si ocurre una infracción.

La innovación debe cumplir con los requisitos para ser considerada un invento patentable, es decir, debe tratarse de un producto o de un procedimiento, debe ser novedoso, tener nivel inventivo y una aplicación industrial.

No son patentables: las plantas, animales, o procesos biológicos o microbiológicos; los métodos de tratamiento o diagnóstico humano o animal; los segundos usos de productos o procedimientos ya patentados. También se excluyen de la patentabilidad las invenciones que atenten contra el orden público o la moral, o aquellas que puedan atentar contra la salud o la vida de personas o animales, o la preservación del medio ambiente.

Para obtener la patente, cuya vigencia es de 20 años, el inventor o el tercero a quien éste haya cedido los derechos sobre la patente, deben presentar una solicitud ante la Superintendencia de Industria y Comercio, la cual debe incluir:

  • Un nombre para la invención, que haga referencia a las características y contenido de la invención.
  • Nombre e información del o los inventores, así como de la persona o entidad a quienes ellos hayan cedido los derechos sobre la patente; en cuyo caso debe presentarse también el contrato de cesión de la patente.
  • Descripción de la innovación que refleje el esfuerzo intelectual de los inventores, descripción del paso tecnológico que se da con la invención, indicando cuál es el sector tecnológico, si existe tecnología anterior, análisis del problema técnico que la invención soluciona de manera novedosa., y una indicación de la mejor manera de llevar a cabo la invención.
  • Dibujos que sean necesarios para entender la invención, y una reseña explicativa de los dibujos.
  • Un capítulo llamado “Reivindicaciones” que definirá el alcance de los derechos exclusivos derivados de la patente, por lo que debe ser técnicamente muy precisa en los elementos que componen la invención, además de ser clara y concisa, y estar sustentada en lo que se expresó en la “Descripción”.
  • Un resumen de máximo 150 palabras, que exprese brevemente la divulgación técnica, para que sirva como instrumento de consulta en búsquedas que se realicen.

La solicitud de patente, así como su trámite, debe además cumplir con algunos requisitos legales, además de los técnicos, los cuales deben expresarse con los parámetros y especificaciones requeridas por la entidad.  En Gamboa, García & Cardona podemos asesorarlo si tiene una innovación y está interesado en patentarla.