Conteo de las 2 semanas de la licencia de paternidad

Mediante la Ley 2114 de 2021 se amplió la licencia de paternidad a dos semanas. Sin embargo, esta ley no fue clara en cuanto al cómputo de las semanas, es decir, si estas deben otorgarse en días hábiles o días calendario. Por ello, se generó la consulta ante el Ministerio de Trabajo con el fin de que se indicara si el conteo de las dos (2) semanas se debe entender como 14 días (conteo exacto) o 15 días (legislación laboral).

Para resolver la consulta, el Ministerio de Trabajo se remitió a lo dispuesto en el artículo 70 del Código Civil, que señala:

ARTICULO 70. . En los plazos que se señalaren en las leyes o en los decretos del Poder Ejecutivo, o de los tribunales o juzgados, se comprenderán los días feriados; a menos que el plazo señalado sea de días útiles, expresándose así, pues en tal caso, y cuando el Código Judicial no disponga lo contrario, no se contarán los días feriados.

Por lo tanto, concluyó el Ministerio de Trabajo que de conformidad con lo establecido en el Código Civil, el periodo de tiempo otorgado para el disfrute de la licencia de paternidad regulada en la Ley 2114 de 2021, equivale a catorce (14) días calendario, esto en razón a que cada semana debe contarse de lunes a domingo, incluyendo los días feriados.

Sin embargo, tenga en cuenta que la contabilización de los días de la licencia de paternidad puede variar de acuerdo con las políticas y beneficios que haya implementado para sus trabajadores. Para resolver sus inquietudes, no dude en contactarnos.

Gamboa, García & Cardona Abogados